Desde este 1° de enero ya está habilitada la opción en SUNAT Virtual para que solicites tu suspensión de retenciones por impuestos de cuarta categoría.
¿Quiénes pueden solicitar la suspensión de cuarta categoría?
Podrán pedir esta solicitud los trabajadores independientes que emitan recibos por honorarios y que no superen ingresos anuales por S/43,313.00 salvo, se trate de rentas de cuarta categoría obtenidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario y similares, en cuyo caso el monto que no se deberá superar será de S/ 34,650.00.
Ten en consideración que estos montos son válidos para el ejercicio 2023 y en su cómputo se incluyen ingresos por rentas de cuarta y quinta categoría, en caso de existir.
Consejo Más Simple.
¿Cómo solicitar la suspensión de cuarta categoría?
1.- Ingresa a SUNAT Virtual con tu Clave SOL.
2.- En accesos directos busca Suspensiones de 4ta Categoría – Formulario 1609.
3.- Completa los datos que se te irán solicitando.
4.- Descarga tu constancia de suspensión de cuarta categoría. Recuerda anexarla siempre a tus recibos por honorarios.
Recuerda, tu constancia de suspensión de cuarta categoría será válida hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que tus ingresos obtenidos no excedan los S/ 43,313.00 ó S/ 34,650.00, según corresponda.
Consejo Más Simple.
Mes a mes
Si tus ingresos no superan los S/ 1,500 soles por cada recibo por honorarios electrónicos, la misma no está sujeta a retención. Y si tus ingresos mensuales totales superan los S/ 3,609.00 soles deberás efectuar pagos a cuenta (8%del monto percibido) salvo, que el pagador de la renta te haya efectuado la retención por el pago a cuenta total del mes o hayas obtenido la suspensión de retenciones. y/o pagos a cuenta. Para el caso de funciones de director de empresas y similares o regidores municipales o consejeros regionales el monto de referencia será de S/ 2,888.00 soles.