La norma alcanza a los fondos acumulados en las cuentas de CTS hasta diciembre de 2021.
El Gobierno aprobó el reglamento para la aplicación de la Ley que autoriza a las personas el retiro de hasta el 100% de sus fondos acumulados en sus cuentas de CTS (Compensación por Tiempo de Servicios)
Así lo establece el Decreto Supremo N° 010-2021-TR, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que será de aplicación para los trabajadores del sector privado, de empresas del Estado y los servidores públicos sujetos al régimen de la actividad privada.
+ Información:
La norma que faculta el retiro de hasta el 100% de los fondos por CTS fue aprobada por el Congreso de la República y promulgada por el Ejecutivo con la finalidad de atenuar la crisis económica por la que atraviesa nuestro país por la pandemia por COVID 19.
¿Cuándo podré disponer de mis fondos por CTS?
La norma indica que las personas podrán solicitar a la entidad donde está su CTS el depósito de sus fondos totales o parciales a una cuenta que indique.
Una vez que reciba la solicitud, la entidad financiera tiene un plazo no mayor de dos días hábiles para realizarlo.
De igual manera el reglamento publicado indica que este proceso debe ser de forma remota o virtual preferentemente.
Recuerda:
Redacción Más Simple.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) tiene como finalidad funcionar como un fondo de desempleo, que ayude al trabajador que pierde su empleo a mantenerse mientras consigue otro. Retíralos solo si es estrictamente necesario para ti.