Como una medida para incrementar la presión tributaria, desde este 2021 la SUNAT tendrá acceso semestralmente a información financiera de cuentas de personas y empresas que sobrepasen los S/30.800. Dichas cuentas podrán ser cuestionadas sobre el origen de sus fondos. ¿Sabes cómo responder en caso seas requerido y cómo evitar sanciones por parte de la SUNAT?
Como se sabe, el pasado 1° de enero entró en vigor el anexo 3 del Decreto Supremo N° 430-2020-EF que establece que las empresas del sistema financiero deben suministrar información a la SUNAT para el combate de la evasión y elusión tributaria. Dicha medida incluye información sobre los movimientos (ingresos y egresos) de dinero en cuentas de ahorros que tengan un saldo mayor o igual a S/30.800.
¿Qué busca la SUNAT con esta medida?
Según diversos especialistas, al contar con esta información, la SUNAT podrá establecer si existe desbalance o incongruencias entre el dinero percibido por las personas fruto de su trabajo y el dinero depositado en sus cuentas bancarias; y si es que detrás de ello existe evasión tributaria.
¿Cómo sustentar el dinero de nuestras cuentas?
Más Simple conversó con Jannet Melchor Parco, gerente de GK Consultores, empresa especializada en brindar servicios contables empresariales. Para ella, la clave está en el orden y la organización de manera que todos nuestros ingresos tengan una justificación.
“Debemos de tener documentación necesaria que ampare la legalidad de los saldos. Entre esta documentación se encuentran: comprobantes de pago, boletas o facturas de compras y demás documentos que acrediten la procedencia del dinero ahorrado. Ejemplo, Si el dinero es producto de los intereses generados por un préstamo, entonces le pedirán el contrato, o si el monto corresponde a la donación de un inmueble, le pedirán la escritura pública”.
Jannet Melchor – GK Consultores.
La especialista nos brinda tres recomendaciones a tener en cuenta a partir de ahora en nuestras finanzas personales:
- Tener sustento documentario de todos los ingresos en nuestras cuentas bancarias.
- Realizar el pago de impuestos correspondientes por los ingresos obtenidos.
- Tener gastos acorde a nuestros ingresos.
¿Qué ocurrirá si SUNAT encuentra desbalances o incongruencias en nuestras cuentas?
En esta caso es posible que la SUNAT solicite a la entidad bancaria que congele dicha cuenta hasta que su propietario pueda sustentar satisfactoriamente sus fondos; caso contrario el fiscalizador determinará el impuesto que corresponde pagar. El mismo sería debitado automáticamente y la cuenta liberada. No obstante, es posible que este evento siente un antecedente negativo para el historial de su propietario.
¿Qué ocurre si tengo en mi cuenta dinero producto de un préstamo de persona a persona o heredado?
Recurrir a los préstamos, anticipos de herencia o donaciones no es recomendable. Quien nos transfiera el dinero tendrá que demostrar capacidad financiera, el dinero tendrá que haber salido de sus propias cuentas y será necesario tener los documentos (contratos) que formalizan la operación, con firmas legalizadas y fe notarial sobre la fecha, recordar que SUNAT investiga y realiza trazabilidad de documentos.
Jannet Melchor – GK Consultores.