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AFP: Promulgan ley que permite retiro de S/17,200

Es importante destacar que el retiro será en partes. Se abonará hasta 1 UIT cada 30 días calendario a favor del afiliado.
Es importante destacar que el retiro será en partes. Se abonará hasta 1 UIT cada 30 días calendario a favor del afiliado.

La norma ha sido publicada hoy en el Díario Oficial El Peruano. Está firmada por Manuel Merino y Ántero Flóres- Aráoz el pasado 15 de noviembre.

La ley N° 31068 promulgada hoy faculta el retiro de extraordinario de fondos de la AFP para aquellos afiliados que, hasta el 31 de octubre 2020, no cuenten con aportes previsionales a su cuenta durante al menos 12 meses. Estas personas podrán retirar hasta 4 UIT de sus fondos, lo que equivale a S/ 17,200.

Es importante destacar que el retiro será en partes. Se abonará hasta 1 UIT cada 30 días calendario a favor del afiliado. Esta disposición es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercer desembolso.

Retiro excepcional por salud

Esta misma norma dispone el retiro de hasta 4 UIT en un solo retiro para aquellos afiliados que estén o no estén aportando y que sufran de una enfermedad oncológica diagnosticada por una institución prestadora de servicios de salud (IPRESS), registrada en el Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de Salud (RENIPRESS) de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) y que hayan registrado la autorización sanitaria para la práctica de la Unidad Productora de Servicios de Salud (UPSS) de oncología y/o hematología clínica, según corresponda.

+ Retiro facultativo

La norma autoriza también el retiro excepcional facultativo de hasta 1 UIT para los afiliados que no registren aportes acreditados en el mes de octubre de 2020 y que no sean beneficiarios de lo establecido en el artículo 1 de la presente ley.

¿Cuándo podré retirar el dinero?

  • Una vez promulgada la ley, la SBS tiene hasta 15 días calendario para definir el procedimiento de retiro.
  • Para los afiliados con enfermedades oncológicas, el procedimiento debe ser definido en 10 días calendario.

¿Cómo solicitar el retiro de mis fondos?

Se espera que desde inicios de diciembre las distintas AFP faciliten la presentación de solicitudes de manera presencial o virtual.

Lee aquí el texto completo de la norma

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